Un "hijo calificado" le permite a un contribuyente que clame varios beneficios de impuestos, por ejemplo, presentando su estatus como Jefe de Hogar, exencion por un hijo a su cargo, credito tributario por hijos, creditos de cuidados para niños y dependientes, y credito tributario por ingreso del trabajo. Antes del 2005, cada uno de estos articulos, definian un hijo calificado diferente dejando a muchos contribuyentes confusos.
La Ley de Alivio Tributario para Familias Trabajadoras del 2004 establece una definicion uniforme de un hijo calificado, empezando el año fiscal 2005. Esta definicion estandar aplica a todos los beneficios de impuestos mencionados anteriormente, hay reglas adicionales con cada beneficio.
En general, para ser el hijo calificado de un contribuyente, la persona debe cumplir con cuatro (4) pruebas:
- Relación - El niño debe ser el hijo o hijastro del contribuyente (sea de sangre o por adopción), hijo de crianza, hermano o hermanastro, o el descendiente de uno de estos.
- Residencia - El niño debe tener la misma residencia principal del contribuyente por mas de la mitad del año fiscal. Excepciones se aplican en ciertos casos para los niños de padres divorciados o separados, niños secuestrados, ausencias temporales, y para los niños que nacieron o muerieron durante el año.
- Edad - El niño debe tener menos de 19 años al final del año fiscal o debajo de 24 años si esque es un estudiante de tiempo completo por almenos cinco meses durante el año o ser permanentemente y totalmente desabilitado durante el año.
- Apoyo - El niño no proporciono mas de la mitad de su apoyo durante el año.
Si un niño es reclamado como un hijo calificado por dos o mas contribuyentes en un dado año, el niño sera el hijo calificado de:
- el padre;
- si mas de un contribuyente es el padre del niño, el padre con quien el niño haya vivido mas durante el año, o, si esque el tiempo fue igual, el padre que tenga el ingreso bruto ajustado mas alto;
- Si ningun contribuyente es el padre del niño, el contribuyente con el ingreso bruto ajustado mas alto.
Reglas Adicionales
Mientras las cuatro pruebas del hijo calificado aplican para los cinco beneficios mencionados anteriormente, hay algunas adiciones o variaciones que se aplican:
- Dependiente - un hijo calificado que cumple con estas pruebas:
- Nacionalidad - ser un ciudadano o un nacional de los EEUU, o un residente de los EEUU, Canada, o Mexico. Hay una excepcion para ciertos niños adoptados.
- Estatus Marital - si es casado, no ha presentado una declaracion conjunta, almenos que la declaracion sea presentada solo como un reclamo para un reembolso y ninguna obligacion tributaria existiria para cada conyugue si hubiesen presentado declaraciones separadas.
- Presentando Estatus como Jefe de Hogar - un hijo calificado es determinado sin tener en cuenta la excepcion para los niños de padres divorciados o separados. Ademas, un hijo calificado que es casado al fin del año debe cumplir con las pruebas de Nacionalidad y de Estatus Marital para el dependiente (arriba).
- Creditos de Cuidados para Niños y Dependientes- un hijo calificado debe tener menos de 13 años o permanentemente y totalmente desabilitado. Un hijo calificado es determinado sin tener en cuenta la excepcion para los niños de padres divorciados o separados y la excepcion de niños secuestrados.
- Credito Tributario por Hijos- un hijo calificado debe tener menos de 17 años y un ciudadano o nacional de los EEUU o un residente de los EEUU.
- Credito Tributario por Ingreso del Trabajo- un hijo calificado no tiene que cumplir con la prueba de Apoyo. Ademas, un hijo calificado debe haber vivido con el contribuyente en los EEUU por mas de la mitad del año y tener su numero de seguro social valido para trabajar en los EEUU. Un hijo calificado es determinado sin tener en cuenta la excepcion para los niños de padres divorciados o separados. Si un hijo calificado es casado debe cumplir con las pruebas de Nacionalidad y de Estatus Marital para el dependiente (arriba).
Cambios para Ciertos Beneficios
La nueva ley no cambia la operacion de Credito Tributario por Hijos, pero si afecta estos beneficios:
- Dependiente - Hay dos tipos de dependientes, un hijo calificado y un pariente calificado. Las cinco pruebas de dependencia - relacion, ingreso bruto, apoyo, declaraciones conjuntas, y ciudadania/residencia - se aplican a un pariente calificado. Un niño que no es un hijo calificado puede ser el dependiente de un pariente calificado. Si usted es el dependiente de otra persona, usted no puede reclamar dependientes en su propia declaracion.
- Presentando Estatus como Jefe de Hogar - Un contribuyente es elegible para presentarse como jefe de hogar solo con respecto a un hijo calificado o a un dependiente del contribuyente. El contribuyente no puede presentarse como jefe de hogar para una persona que es dependiente solo porque el o ella vivieron con el contribuyente por todo el año o porque el contribuyente puede reclamarlos como dependiente debajo de un acuerdo de manutención múltiple
- Credito Tributario por Hijos- Ya no es necesario que el contribuyente cuide de un niño de crianza, hermano, o un descendiente del hermano como su propio hijo.
- Creditos de Cuidados para Niños y Dependientes - Ya no es neceraio que el contribuyente pague mas de la mitad de los gastos de mantenimiento de una casa para la persona calificada. Una persona que no es un hijo calificado debe tener la misma residencia principal que el contribuyente por mas de la mitad del año.
- Credito Tributario por Ingreso del Trabajo- Ya no es necesario que el contribuyente cuide de un niño de crianza, hermano, o un descendiente del hermano como su propio hijo.