¿Cuándo usted califica: En general, puede reclamar el crédito si ambos de los siguientes casos:
- Usted compró una vivienda principal durante el año 2009 en el Distrito de Columbia, y
- Usted (y su cónyuge si está casado) no propietario de otra vivienda principal en el Distrito de Columbia durante el período de 1 año hasta la fecha de compra.
Nota: Esto sólo se aplica a la compra de una "casa principal" de su "casa principal" es el que vive en la mayor parte del tiempo.. Puede ser una casa, casa flotante, housetrailer, apartamento cooperativo, un condominio, o cualquier otro tipo de residencia.
Cuando no reúne los requisitos se aplican? Usted no puede reclamar el crédito si alguno de los siguientes:
- Usted ha adquirido su casa de ciertas personas relacionadas o por donación o herencia. personas relacionadas incluyen, pero no se limitan a, tus abuelos, padres, cónyuges, hijos y nietos.
- Su ingreso bruto ajustado modificado es de $ 90,000 o más (130.000 dólares o más si es casado que presenta conjuntamente).
- Que ya ha reclamado el crédito para una casa diferente.
Nota: Si usted compró su casa después de diciembre 31 de 2008, es posible que pueda tomar el tiempo para compradores de vivienda primer crédito reembolsable en la Forma 5405 de crédito. Si usted califica para el crédito, puede no tener por primera vez comprador de vivienda de la DC.